La regulación del Home Office busca asegurar una relación laboral equilibrada y un trabajo digno
Por Ricardo Gaucín | Campus Toluca - 26/01/2021

A partir del 12 de enero del 2021, la reforma que busca regular el teletrabajo o “Home Office”, se sumó a la Ley Federal del Trabajo y Luis Botello, experto en derecho laboral y catedrático del Tec de Monterrey campus Toluca opina al respecto. 

De acuerdo con con el catedrático, se le llama Home Office a la prestación de un trabajo subordinado por parte de un colaborador en beneficio de un patrón pero que es realizado al menos 40% del tiempo desde su casa o en un lugar ajeno al domicilio del patrón. 

En México el home office tomó relevancia tras la implementación de las medidas de sana distancia y el confinamiento provocado por la pandemia de COVID-19. 

De acuerdo con Forbes, esto generó que durante el 2020 el 68% de los trabajadores en México llevara a cabo sus labores bajo este esquema, posicionando a México como la región de América Latina que más apoya esta modalidad de trabajo. 

 

Persona trabajando desde casa en su computadora

 

El especialista comenta que derivado de ello, las empresas aceleraron la migración a lo digital y el gobierno se vio en la necesidad de regular el teletrabajo.  

“En esta reforma hay derechos y obligaciones para los patrones y para  los trabajadores.  Se otorgan beneficios mutuos que buscan asegurar una relación laboral equilibrada y un trabajo digno”, comentó el especialista.

Uno de los puntos más destacados de la reforma tiene que ver con el derecho a la desconexión digital. El especialista señala que en muchas ocasiones los patrones exigían que al estar en casa, el colaborador diera respuesta en cualquier momento sin tomar en cuenta el horario laboral. 

 

“En esta reforma hay derechos y obligaciones para los patrones y para  los trabajadores.  Se otorgan beneficios mutuos que buscan asegurar una relación laboral equilibrada y un trabajo digno”

 

"Esto de por sí no respetaba la norma 035 que habla sobre la prevención de factores de riesgo psicosocial en el trabajo, es decir, todo aquello que puedan provocar trastornos de ansiedad y/o estrés grave derivado de dicha actividad laboral", comentó.

Ahora con la regulación se permite que el patrón le exija al colaborador que esté conectado y trabajando durante su jornada laboral y de la misma manera, le da al colaborador derecho a desconectarse una vez cumplido ese horario.

"Esto quiere decir que si mi trabajo acaba a las 5pm, a las 5pm me desconecto y si el patrón te obliga a emitir alguna respuesta posterior, esto deberá ser cubierta como tiempo extraordinario" mencionó el especialista. 

 

Responsabilidades para el patrón:

  • Pago de servicios utilizados por los trabajadores como internet, telefonía y parte proporcional de la electricidad.
  • Proporcionar herramientas de trabajo como computadoras, impresoras, celulares y sillas ergonómicas.
  • Preservar los datos personales y privacidad de sus trabajadores.
  • No hacer distinción en los salarios de las personas que desempeñan el mismo trabajo en casa o en la oficina.
  • Uso de cámaras de computadoras para supervisar al trabajador, siempre y cuando, esto se acepte por escrito.
  • Ofrecer capacitación que asegure la adaptación y aprendizaje de los trabajadores.
  • Respetar el derecho a la desconexión una vez terminada la jornada laboral.

 

Trabajo en casa y conferencia virtual

 

Responsabilidades para el Trabajador

  • Cuidar los equipos y materiales otorgados para realizar las actividades laborales.
  • Informar los costos derivados de servicios de telecomunicación y electricidad del Home Office. 
  • Estar conectado y trabajando dentro de su jornada laboral. 
  • Respetar las medidas de seguridad y salud establecidas dentro de su trabajo.
  • Hacer uso de mecanismos y sistemas establecidos por el patrón para la protección de datos y supervisión de actividades.

 

 

De acuerdo con Luis Botello, con el tiempo, esta reforma se volverá más clara y precisa  ya que aún existen muchas dudas, sobretodo en lo que tiene que ver con el pago proporcional de servicios. 

 “Aún es incierto cómo se va a calcular la parte proporcional de la electricidad. Realmente, ¿cómo sabemos de cuánto es esa proporción?”, mencionó el experto.

Sin embargo, el especialista considera que en un futuro, esta práctica se volverá cada vez más común y despuntará en aquellas empresas cuyos colaboradores puedan desarrollar sus labores en cualquier otro lado.

“El Home Office permite reducir gastos como transporte, renta, comedor, luz, teléfonos, etc, a las compañías; para aquellas que no necesiten que la gente esté en un inmueble, será clave en el futuro finalizó Luis Botello.

 

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