En diciembre, estos son los gastos que puedes hacer deducibles de ISR en tu declaración anual
Por Aneth Angeles | Campus Hidalgo - 09/12/2022 Fotos ANETH ANGELES

Si ya sabes qué gastos realizarás con tu aguinaldo, José Luis Castro, profesor de cátedra de la División de Negocios en el Tec de Monterrey campus Hidalgo te comparte los gastos que puedes hacer deducibles y aprovechar fiscalmente si te encuentras en régimen de persona física con ingresos por salarios.

De acuerdo con el artículo 151 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, puedes deducir en la declaración del ejercicio los gastos médicos, hospitalarios, dentales, oftálmicos y psicológicos, precisa el profesor.

"Además de los gastos funerarios que ante cualquier imprevisto puedes deducir de Impuesto Sobre la Renta (ISR) en tu declaración anual", continúa. 

Por otro lado, el profesor agrega que si ya realizas pagos de colegiaturas puedes registrar los gastos hasta el nivel medio superior y transporte escolar. 

"Y en estas épocas de buena voluntad, también son deducibles los donativos no onerosos", comparte. 

 

 

 

Asimismo, el catedrático menciona que los intereses pagados por créditos hipotecarios y las aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro también son deducibles 

“Es importante que estos gastos estén respaldados por un comprobante fiscal, es decir una factura que contenga el uso de gastos por deducciones personales'', declara Castro.

Por ejemplo, si pagas una consulta médica, el comprobante fiscal deberá mencionar “gastos por honorarios médicos hospitalarios”, así con cada gasto que la ley permita deducir, explica.

Dichos gastos que se pretenden hacer deducibles en la declaración anual deben estar pagados con tarjeta de débito, crédito o transferencia, que no sea efectivo, enfatiza el profesor. 

Remarca que la ley establece que los gastos no se pueden validar deducibles si son realizados en efectivo, excepto los gastos funerarios que podrían ser deducibles al 100%.

 

 

 

¿Ya depositaron el aguinaldo? 

"No es un bono ni un beneficio que otorga la empresa donde trabajas: el aguinaldo es la prestación a la que tienes derecho", explica Castro.

El aguinaldo es una prestación a la que, según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, tienen derecho los trabajadores que estén sujetos a una relación laboral vigente, referencia José Luis. 

La Ley Federal del Trabajo señala que se deben recibir al menos 15 días de salario por concepto de aguinaldo y debe ser pagado por la empresa antes del 20 de diciembre.

 

“Es importante que estos gastos estén respaldados por un comprobante fiscal, es decir una factura que contenga el uso de gastos por deducciones personales''

 

Comenta que en algunos casos, el salario diario se multiplica por 20, 30 o hasta 60 días para otorgar el aguinaldo, dependiendo de las políticas de la organización.

Remarca que al resultado de la multiplicación se le tiene que restar el ISR, ya que el aguinaldo representa un ingreso parcialmente gravado de impuesto.

La exención del ISR en esta prestación se aplicará cuando el monto del aguinaldo no supere 30 Unidades de Medida y Actualización.

 

 

 

Tu recibo de nómina, ¿lo conoces bien?

Castro comparte que el conocer tu recibo de nómina ayuda a verificar tu salario real, con el cual la empresa te ha dado de alta en el seguro social y te da la pauta para el cálculo del aguinaldo.

Además menciona tips rápidos que puedes consultar para conocer tu recibo de nómina y no perder de vista otras prestaciones. 

  1. Verifica que el recibo de nómina sea un recibo electrónico timbrado.
  2. Compara el RFC (Registro Federal de Contribuyentes) que se registra en el recibo, ya que de no ser correcto, el ingreso se le asignará a otra persona. 
  3. Identifica el número de seguridad social y compara con el alta ante el IDSE (IMSS desde su Empresa), de esta forma garantizas la protección ante cualquier riesgo de trabajo, maternidad, guarderías, invalidez y vida, así como una pensión.
  4. Conoce las percepciones (todos los ingresos, bonos de puntualidad, fondo de ahorro, tiempo extraordinario de trabajo) y las deducciones (descuento de impuesto sobre la renta, cuota de seguridad social, préstamos otorgados o créditos hipotecarios)
  5. No olvides que el salario bruto es el total que suma las percepciones y resta las deducciones, mientras que el salario neto es el ingreso real que percibes al final de esta operación. 

“Utiliza tu aguinaldo basándote en tus prioridades, ahorra y disfruta el producto de tu trabajo”, finaliza Martínez.


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