Entre estos cambios destacan el aumento de salario mínimo y el aumento de días de vacaciones
Por Andrea Menchaca | Redacción nacional CONECTA - 20/01/2023 Fotos Shutterstock

El contador público Roberto Colín, profesor de cátedra del Tecnológico de Monterrey campus Hidalgo, compartió cuáles fueron los principales cambios laborales y fiscales en este 2023 en el país.

Entre estos cambios, algunos que entraron en vigor desde el 1 enero y otros lo harán durante el año, destacan el aumento de salario mínimo y el aumento de días de vacaciones.

Colín aclaró que este año no se crearon nuevos impuestos, ni se aumentaron las tasas ya existentes; en materia de estímulos fiscales permanecen los que ya están contenidos en la Ley de Ingresos de la Federación.

“Esta permanencia en las leyes, sin cambios, tiene que ver con brindar certidumbre, atraer inversión extranjera y favorecer la recuperación económica que se viene dando en México desde 2022 y pretenden que esto de alguna manera coadyuve a esa recuperación económica”, dijo.

 

SAT

 

Los principales cambios laborales y fiscales del 2023

- Aumento al salario mínimo

El profesor del Tec dijo que a partir del 1 de enero del 2023 se dio un incremento importante en materia salarial, que también viene en consecuencia a la inflación. 

El gobierno federal pactó el aumento que el salario mínimo general, de $172 diarios a $207 a partir del 1 de enero del 2023 en el territorio nacional. En la Zona Libre de la Frontera Norte pasó de $260 a $312 diarios.

 

 

Aumento del periodo mínimo de vacaciones para trabajadores

El 27 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación se publicó la reforma en la que se establece que a los trabajadores se les va a permitir un mínimo de 12 días de vacaciones, en comparación con los 6 que se tenían antes.

“El primer año son 12 días y va a aumentar 2 días por cada año de servicio hasta llegar al quinto año, donde ya se tienen 20 días de vacaciones. Luego ya nada más va sumando dos días de cada cinco años”, dijo el contador.

El maestro opinó que esto lo hizo el gobierno para que los trabajadores gocen de mayor tiempo de descanso y esparcimiento sobre la base de que esto podría aumentar la productividad y la eficiencia en las empresas.

 

“El primer año son 12 días y va a aumentar 2 días por cada año de servicio hasta llegar al quinto año, donde ya se tienen 20 días de vacaciones".

 

- La facturación 4.0

Aunque este cambio entró en vigor el 1 de enero de 2022, será el 1 de abril de 2023 cuando la versión 3.3 deje de ser válida. De igual manera, las empresas tienen hasta el 31 de marzo de 2023 para implementar la facturación electrónica 4.0 de los CFDI de nómina.

 

 

- Presentación del dictamen fiscal

La presentación del dictamen fiscal se volvió obligatorio para 2023, comentó Colín.

“Los contribuyentes que se encuentran en el supuesto de presentación del dictamen fiscal de manera obligatoria lo van a tener que presentar y se acortaron las fechas de presentación de este dictamen.

"Ahora lo tenemos para el 15 de mayo como fecha límite para la presentación”, explicó el contador certificado.

El dictamen fiscal se vuelve obligatorio para las personas morales que tienen ingresos en un monto de mil 650 millones 490 mil 600 pesos, según el artículo 32A del Código Fiscal de la Federación.


- Obligación de la declaración informativa

Otro cambio que viene desde 2022 es que ya en 2023 todas las empresas que son partes relacionadas de una empresa obligada a dictaminarse tienen la obligación de presentar una declaración informativa sobre la situación fiscal del contribuyente.

“La Información sobre Situación Fiscal (ISSIF) se presenta con la declaración anual, es decir, el 31 de marzo, y contiene casi los mismos anexos que contienen el dictamen fiscal.

"A diferencia del dictamen fiscal que va sancionado por un contador público certificado, el ISSIF solamente es información que prepara y presenta la empresa sin que sea validada por el contador público registrado”, explicó Colín.

En las reglas misceláneas, agrega, salió la excepción a presentar el ISSIF para los contribuyentes que tuvieran operaciones de actividades empresariales profesionales, cuyo monto no excediera de $13 millones para actividades profesionales, y de $3 millones para servicios profesionales.

 

- Obtención de constancias de situación fiscal más ágiles

El año pasado el patrón estaba pidiendo las constancias de situación fiscal a los trabajadores para poder cerciorarse que la información que tenía el SAT fuera la misma que tenía el patrón en sus sistemas y que no hubiera problemas en el timbrado.

“Para 2023 salió otra facilidad para que el patrón pueda solicitar la información de la constancia de la situación fiscal de los trabajadores vía un trámite directamente al SAT, y por única vez, va a entregar esa información al patrón, ya con ello el trabajador no tendrá que irse a formar”, explicó.

 Lee cómo tramitar la Constancia de Situación Fiscal:

 

 

 

- Actualización de tablas y tarifas

Otro tema importante es que se actualizan las tablas y tarifas con las que se calculan los pagos provisionales.

“Esto porque el artículo 152 de la Ley del Impuesto sobre la Renta contempla que cuando hay una inflación mayor al 10% se tienen que actualizar las tablas y tarifas”, detalló Colín.

“La última actualización que se tiene viene de noviembre del 2020, a noviembre de 2022 traemos ya una inflación acumulada del 15%, por lo tanto ya se supera ese monto de inflación”.

El especialista en fiscal señaló que esto de alguna manera genera beneficio para los trabajadores en el pago de impuestos.

“Hay trabajadores que su sueldo permaneció igual o tuvo pequeños aumentos en relación con la inflación y con la actualización de estos rangos en muchos de los casos les corresponde una tasa menor a la que venían pagando”.

 

- Aumento en cuotas patronales para el retiro

Debido a la reforma a la Ley del Seguro Social y a la Ley del Ahorro para el Retiro, se contempla el incremento gradual de las aportaciones patronales para cesantía en edad avanzada y vejez a partir de 2023.

 

- Implementación de la Carta porte 

El SAT emitió un plazo para que los transportistas implementen el requisito de la Carta porte, que es un documento que acredita la tenencia legal de la mercancía hasta el 31 de julio de 2023.

 

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Con información de American Express



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